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Régimen presenta la Ley de Comunicación Social: normativa del ostracismo y la censura

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Régimen presenta la Ley de Comunicación Social: normativa del ostracismo y la censura
Régimen presenta la Ley de Comunicación Social: normativa del ostracismo y la censura

AREQUIPA, Perú – El régimen cubano publicó este miércoles la Ley de Comunicación Social en la Gaceta Oficial y realizó un panel para presentar oficialmente la legislación y sus reglamentos, la cual ha trascendido como un mecanismo de proscripción formal de derechos fundamentales en la Isla.

Un reporte del medio oficial Cubadebate recoge declaraciones de Onelio Castillo Corderí, vicepresidente del Instituto Cubano de Información y Comunicación Social, quien señaló a este 5 de mayo como una “jornada trascendental para la comunicación social en Cuba”. 

El directivo aseveró que se trata de una norma que tiene el espíritu del diálogo, que “está en su génesis”.

“Cumple varios mandatos políticos. Uno de ellos, yo diría que el más importante, es el mandato de la Constitución (…) Tiene que ver con la libertad de expresión, el derecho de los ciudadanos a recibir y solicitar información”, dijo Castillo Corderí, ignorando un contexto cubano marcado por la represión, el aumento de los presos políticos y el hostigamiento a la prensa independiente.

Humberto Fabián Suárez, miembro de la comisión redactora de la Ley de Comunicación Social y presidente del consejo de la Marca País, se refirió al Decreto 102, Reglamento para el ejercicio de la publicidad y el patrocinio.

“Es una norma inédita en los últimos 70 años en Cuba. La última disposición que regulaba la publicidad esencialmente en los medios data de 1955”, aclaró.

El decreto, que entra en vigor dentro de unos 120 días trata de adecuar el control de la dictadura en el escenario actual de las tecnologías de la información y las comunicaciones, las redes sociales, así como al escenario económico que intenta impulsar la cúpula castrista con la reciente autorización de micro, pequeñas, y medianas empresas (Mipymes) de gestión no estatal.

Panel oficial de presentación de la Ley de Comunicación Social, Junio 2024 (Foto: Cubadebate)

Por su parte, el presidente de la Unión de Periodistas de Cuba, Ricardo Ronquillo, aseguró que la Ley recoge “las luchas de los profesionales de la prensa y la información en Cuba a lo largo de muchos años”.

La Ley de Comunicación Social fue aprobada en mayo de 2023 por la Asamblea Nacional del Poder Popular, en su décima legislatura, durante la segunda sesión extraordinaria en el Palacio de Convenciones de La Habana.

La ley del ostracismo y la censura

Mas allá de la propaganda de los medios oficiales, tras la aprobación de la Ley, la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) condenó al régimen cubano por su “ardid de legalizar la censura”, que refuerza la represión a la libertad de prensa y restricción de la libertad de expresión de los ciudadanos.

Michael Greenspon, nuevo presidente de la SIP y director global de Licencias e Innovación de Impresión de The New York Times, denunció el endurecimiento de las restricciones a los medios y periodistas en la Isla.

“Es claro que el régimen aumenta las nuevas formas de censura contra medios y periodistas a través de restricciones administrativas y legales para desactivar el descontento social”, declaró Greenspon, según la nota publicada en la página web de la SIP.

“En sus más de seis décadas de existencia, la dictadura cubana se ha especializado en coartar las libertades y violar los derechos humanos”, agregó.

La Ley de Comunicación Social refuerza aún más el poder del Gobierno sobre sus medios de propaganda, presentados al mundo como “medios de comunicación”.

Como se deriva de sus postulados, la normativa no garantizará la libertad de prensa en la Isla ni permitirá la difusión de contenidos independientes de los producidos por el Estado; solo reconoce la legalidad de los medios que están vinculados al Partido Comunista de Cuba (PCC), el único partido legal en el país.

Desde su aprobación, Periodistas y diversas organizaciones no gubernamentales han señalado que la ley representará un endurecimiento de las restricciones sobre los medios digitales independientes en Cuba, que seguirán sin ser reconocidos por el régimen y cuyos periodistas están sometidos al acoso y las amenazas de cárcel de las autoridades.

En su artículo 13.1, por ejemplo, dispone que “los contenidos en ningún caso pueden”: “emplearse con el objetivo de subvertir el orden constitucional y desestabilizar el Estado socialista”; “difamar, calumniar o injuriar a las personas, los órganos, organismos, entidades del Estado, organizaciones políticas, de masas y sociales del país”.

Esta cuestión se ampara igualmente en el Código Penal (en vigor desde diciembre de 2022), específicamente en su artículo 185.1, sobre el delito de “desobediencia”, cuya sanción pudiera ser de seis meses hasta tres años de privación de libertad, o multa de hasta 300 cuotas por amenazar, calumniar, difamar, insultar, injuriar, ultrajar u ofender a un funcionario público, autoridad o a sus agentes o auxiliares.

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