Home Cuba Nuevas empresas autorizadas para la venta de vehículos en Cuba desde este...

Nuevas empresas autorizadas para la venta de vehículos en Cuba desde este 1 de enero de 2025

0
Nuevas empresas autorizadas para la venta de vehículos en Cuba desde este 1 de enero de 2025
Nuevas empresas autorizadas para la venta de vehículos en Cuba desde este 1 de enero de 2025

Descubre las nuevas empresas autorizadas para comercializar vehículos en Cuba según la Resolución 60/2024. Conoce las opciones para adquirir autos, motocicletas y más en dólares o moneda nacional.

La Resolución 60/2024, emitida por el Ministerio de Comercio Interior de Cuba, introduce importantes cambios en el mercado automotriz del país. 

A partir de este 1 de enero de 2025, varias empresas han sido autorizadas para la comercialización de vehículos de motor, motocicletas, remolques y otros medios de transporte, tanto nuevos como usados. 

Estas disposiciones amplían las oportunidades para personas naturales y jurídicas, facilitando la adquisición en dólares estadounidenses (USD) o su equivalente en otras monedas convertibles, así como en moneda nacional para casos específicos. Conoce cuáles son estas empresas y las nuevas opciones disponibles para compradores en la isla.

Nuevas empresas autorizadas para comercializar vehículos en Cuba: resolución en Gaceta Oficial

PRIMERO:

Se aprueba la comercialización de vehículos de motor, remolques, semirremolques, motores, bloques de cilindros de motores, carrocerías, cabinas, chasis y cuadros de motos, en dólares estadounidenses (USD) o su equivalente en otras monedas convertibles, incluidas las tarjetas internacionales y de prepagos nacionales, por las siguientes personas jurídicas autorizadas:

  • IMPEXPORT, S.U.R.L.
  • MCV COMERCIAL, S.A.
  • MULTISERVI, S.A.
  • Corporación CIMEX, S.A.
  • DUNA, S.A.
  • Empresa Central de Abastecimiento y Ventas de Equipos de Transporte Pesado y sus Piezas (TRANSIMPORT).
  • Empresa Comercializadora y Exportadora (Comercial DIVEP).
  • Empresa Proveedora General del Transporte (TRADEX).

SEGUNDO:

Se aprueba que las empresas mencionadas en el apartado primero puedan, para la reposición por el Seguro, suscribir contratos y emitir facturas a nombre de personas naturales o jurídicas con derecho, avaladas por la Empresa de Seguros Nacionales.

TERCERO:

Se autoriza a las sociedades mercantiles Servicios Automotores, S.A. y SOLIMPORT, S.U.R.L. la comercialización, en USD o su equivalente en otras monedas convertibles, de:

  • Ciclomotores.
  • Motocicletas.
  • Triciclos.
  • Motores.
  • Bloques de cilindros de motores.
  • Carrocerías, cabinas y cuadros de motos por reposición.

CUARTO:

Se autoriza a la Cadena de Tiendas Caribe y a la Agencia Importadora Caribe, S.U.R.L. la comercialización, en USD o su equivalente en otras monedas convertibles, de:

  • Ciclomotores.
  • Motocicletas.
  • Triciclos.
  • Autos llamados cuadriciclos, todos eléctricos.

QUINTO:

Se aprueba a TRANSIMPORT y DUNA, S.A. la comercialización, en USD o su equivalente en otras monedas convertibles, de autos de combustión, híbridos o eléctricos, dirigidos a:

  • Personas naturales cubanas en misiones diplomáticas, empresariales y consulares.
  • Cooperantes cubanos, profesionales y otros trabajadores en el extranjero mediante contratos entre empresas estatales cubanas y foráneas, o por convenios intergubernamentales.
  • Tripulantes de buques y aeronaves avalados por las autoridades designadas.

SEXTO:

Las empresas nacionales encargadas de la fabricación y ensamblaje de vehículos de motor, remolques y semirremolques comercializarán sus productos de acuerdo con el Plan de la Economía.

SÉPTIMO:

Se autoriza la comercialización de vehículos de motor, remolques y semirremolques, recibidos desde el turismo y otras fuentes, por las empresas cubanas correspondientes, conforme a lo establecido por el Ministro del Transporte.

OCTAVO:

Los vehículos de motor y carrocerías de uso disponibles en el país se comercializan exclusivamente en moneda nacional por:

  • Corporación CIMEX, S.A.
  • Empresa de Servicios Automotores, S.A.

NOVENO:

La comercialización a personas naturales y jurídicas, en USD o su equivalente en otras monedas convertibles, de:

  • Vehículos de motor, remolques, semirremolques, motores, carrocerías, cabinas, chasis y cuadros de motos.
  • Ciclomotores, motocicletas, triciclos y autos llamados cuadriciclos (todos eléctricos).

Se llevará a cabo únicamente por las comercializadoras autorizadas, las cuales deberán contar con una Licencia Comercial emitida por el Registro Central Comercial.

Todos los detalles en la Gaceta de Cuba.

Exit mobile version