Descubre las nuevas empresas autorizadas para comercializar vehículos en Cuba según la Resolución 60/2024. Conoce las opciones para adquirir autos, motocicletas y más en dólares o moneda nacional.
La Resolución 60/2024, emitida por el Ministerio de Comercio Interior de Cuba, introduce importantes cambios en el mercado automotriz del país.
A partir de este 1 de enero de 2025, varias empresas han sido autorizadas para la comercialización de vehículos de motor, motocicletas, remolques y otros medios de transporte, tanto nuevos como usados.
Estas disposiciones amplían las oportunidades para personas naturales y jurídicas, facilitando la adquisición en dólares estadounidenses (USD) o su equivalente en otras monedas convertibles, así como en moneda nacional para casos específicos. Conoce cuáles son estas empresas y las nuevas opciones disponibles para compradores en la isla.
Nuevas empresas autorizadas para comercializar vehículos en Cuba: resolución en Gaceta Oficial
PRIMERO:
Se aprueba la comercialización de vehículos de motor, remolques, semirremolques, motores, bloques de cilindros de motores, carrocerías, cabinas, chasis y cuadros de motos, en dólares estadounidenses (USD) o su equivalente en otras monedas convertibles, incluidas las tarjetas internacionales y de prepagos nacionales, por las siguientes personas jurídicas autorizadas:
- IMPEXPORT, S.U.R.L.
- MCV COMERCIAL, S.A.
- MULTISERVI, S.A.
- Corporación CIMEX, S.A.
- DUNA, S.A.
- Empresa Central de Abastecimiento y Ventas de Equipos de Transporte Pesado y sus Piezas (TRANSIMPORT).
- Empresa Comercializadora y Exportadora (Comercial DIVEP).
- Empresa Proveedora General del Transporte (TRADEX).
SEGUNDO:
Se aprueba que las empresas mencionadas en el apartado primero puedan, para la reposición por el Seguro, suscribir contratos y emitir facturas a nombre de personas naturales o jurídicas con derecho, avaladas por la Empresa de Seguros Nacionales.
TERCERO:
Se autoriza a las sociedades mercantiles Servicios Automotores, S.A. y SOLIMPORT, S.U.R.L. la comercialización, en USD o su equivalente en otras monedas convertibles, de:
- Ciclomotores.
- Motocicletas.
- Triciclos.
- Motores.
- Bloques de cilindros de motores.
- Carrocerías, cabinas y cuadros de motos por reposición.
CUARTO:
Se autoriza a la Cadena de Tiendas Caribe y a la Agencia Importadora Caribe, S.U.R.L. la comercialización, en USD o su equivalente en otras monedas convertibles, de:
- Ciclomotores.
- Motocicletas.
- Triciclos.
- Autos llamados cuadriciclos, todos eléctricos.
QUINTO:
Se aprueba a TRANSIMPORT y DUNA, S.A. la comercialización, en USD o su equivalente en otras monedas convertibles, de autos de combustión, híbridos o eléctricos, dirigidos a:
- Personas naturales cubanas en misiones diplomáticas, empresariales y consulares.
- Cooperantes cubanos, profesionales y otros trabajadores en el extranjero mediante contratos entre empresas estatales cubanas y foráneas, o por convenios intergubernamentales.
- Tripulantes de buques y aeronaves avalados por las autoridades designadas.
SEXTO:
Las empresas nacionales encargadas de la fabricación y ensamblaje de vehículos de motor, remolques y semirremolques comercializarán sus productos de acuerdo con el Plan de la Economía.
SÉPTIMO:
Se autoriza la comercialización de vehículos de motor, remolques y semirremolques, recibidos desde el turismo y otras fuentes, por las empresas cubanas correspondientes, conforme a lo establecido por el Ministro del Transporte.
OCTAVO:
Los vehículos de motor y carrocerías de uso disponibles en el país se comercializan exclusivamente en moneda nacional por:
- Corporación CIMEX, S.A.
- Empresa de Servicios Automotores, S.A.
NOVENO:
La comercialización a personas naturales y jurídicas, en USD o su equivalente en otras monedas convertibles, de:
- Vehículos de motor, remolques, semirremolques, motores, carrocerías, cabinas, chasis y cuadros de motos.
- Ciclomotores, motocicletas, triciclos y autos llamados cuadriciclos (todos eléctricos).
Se llevará a cabo únicamente por las comercializadoras autorizadas, las cuales deberán contar con una Licencia Comercial emitida por el Registro Central Comercial.
Todos los detalles en la Gaceta de Cuba.