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“Es ineficaz”: ¿Para qué sirve el Decreto-Ley de Bienestar Animal en Cuba?

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“Es ineficaz”: ¿Para qué sirve el Decreto-Ley de Bienestar Animal en Cuba?
“Es ineficaz”: ¿Para qué sirve el Decreto-Ley de Bienestar Animal en Cuba?

MIAMI, Estados Unidos. – En febrero de 2021, el régimen de la Isla aprobó el Decreto-Ley 31 “De Bienestar Animal” y su Reglamento, el Decreto 38, que si bien marcó un hito en la legislación del país en cuanto a la protección y cuidado de los animales, enseguida fue calificado como “insuficiente” y de “muy limitado alcance” por activistas y protectores de animales de la mayor de las Antillas.

Con esa norma legal, el Gobierno respondió a un fuerte y prolongado reclamo de la sociedad civil animalista, que se había manifestado, lo mismo en marchas que en protestas, para exigir una legislación protectora de los animales.

La norma legal regula “los principios, deberes, reglas y fines respecto al cuidado, la salud y la utilización de los animales, para garantizar su bienestar”. Asimismo, subraya que “el adecuado estado físico y mental de un animal en relación con las condiciones en las que vive y muere” es esencial para el bienestar general.

Además, considera y protege “como animales a cualquier mamífero, ave, abejas, reptiles, peces, moluscos, crustáceos y anfibios”. También define a los “animales de compañía” como aquellas especies domesticadas para acompañar a las personas o para su disfrute. 

En cuanto a las infracciones, el decreto establece un sistema contravencional que trata el maltrato animal no como delito, sino como contravención, aunque el Artículo 60 del Reglamento sugiere que futuras modificaciones del Código Penal podrían considerar el maltrato animal como delito.

Las contravenciones se dividen en varios grupos, con sanciones que incluyen multas significativas, decomiso del animal, y suspensión o revocación de licencias. Por ejemplo, se prohíbe inducir el enfrentamiento entre animales y se castiga con multas que pueden ir desde 1.500 CUP hasta 4.000 CUP dependiendo de la gravedad y la naturaleza jurídica del infractor.

Específicamente, el Artículo 9 del Decreto-Ley señala que “se prohíbe a las personas inducir el enfrentamiento entre animales de cualquier especie, con excepción del que apruebe la autoridad competente”. 

¿Cuál es la excepción? Si bien establece algunos requisitos, la norma permite las peleas de gallos organizadas por clubes pertenecientes al Grupo Empresarial de Flora y Fauna del Ministerio de la Agricultura y autorizadas por Sanidad Animal. 

Hasta hoy, las autoridades del régimen no han explicado por qué estas peleas sí están permitidas, pero pueden suponerse la razón: es un buen negocio dirigido por uno de los intocables de la generación histórica de la Revolución Cubana: el comandante Guillermo García Frías.

Por otro lado, el Decreto-Ley 31 también especifica que los propietarios de animales de compañía tendrán obligaciones específicas, como la recogida de excretas en vías públicas y la correcta identificación de sus animales. Las infracciones a estas normas pueden llevar a multas y, en algunos casos, al decomiso del animal, lo que ha generado debate sobre si esta medida considera adecuadamente al animal como sujeto de derechos.

¿Por qué no es suficiente?

Este jueves, trascendió que al menos tres hombres habían sido detenidos en San José de las Lajas, provincia de Mayabeque, por presuntamente matar a los perros de la comunidad y venderlos como carne de cerdo o de carnero hecha picadillo.

La información fue compartida por la defensora de los derechos de los animales Yenney Caballero. En una transmisión en vivo realizada desde su perfil de Facebook, Caballero mostró a los policías a las afueras de la vivienda donde fueron detenidos los sospechosos y donde presumiblemente mataban a los animales.

Enseguida la noticia se viralizó y provocó la indignación no solo de la comunidad de protectores de animales de la Isla, sino de todos los que defienden el derecho de estos a la vida. Aunque no fue la primera vez que se señalaban las limitaciones del Decreto-Ley 31, muchos activistas apuntaron a esta norma legal.

“El Decreto-Ley de Bienestar Animal es ineficaz”, dijo a CubaNet la activista animalista Beatriz Batista Romero. “Es inútil. Lo que nosotros queremos es una ley de protección animal, no un decreto-ley que no cumple nuestras expectativas, que deja impunes casos como estos y muchos más”, apuntó.

Asimismo, Batista Romero recordó que “una multa de 1.500 pesos en el contexto económico que vivimos no es suficiente”. 

“Pero, ¿qué se puede pedir en un país donde no hay derechos para las personas? Nosotros los animalistas aquí en Cuba somos personas como de otro planeta, somos gente que sueña con una cosa que no se puede. Si no hay derechos para las personas no puede haber derecho para los animales…”, lamentó la activista.

Casi un año después de la aprobación del Decreto-Ley 31 enviaron una carta al Ministerio de la Agricultura solicitando que se realizara una modificación en la escritura de la norma, sobre todo en lo concerniente al maltrato animal:

“Este Decreto-Ley no cumple con las expectativas que depositó la sociedad cubana en él”, escribieron los activistas. “Los animales siguen siendo maltratados impunemente, cada día los casos son más críticos y más graves, con mayor fortaleza y alcance y peligran las mascotas en nuestro país y los animales en condición de calle, aumentan los casos de zoofilia, de abandono, de crueldad”.

La solicitud fue liderada por la sede habanera de Bienestar Animal Cuba (BAC Habana), la cual aseguró en su página de Facebook que “es algo que hace rato que queremos hacer, pero debemos unirnos”. En dos días habían recogido ya 3.000 firmas. Las reacciones online también han sido cuantiosas: “No más maltrato animal”, escribe el usuario Joanis Contreras, “las multas son muy bajas, por eso siguen haciendo atrocidades con los animalitos”. Lo cual, además, muestra la elevada percepción inflacionaria que tenemos porque se ha sabido de multas que alcanzan los miles de pesos.

En la misiva, los animalistas también pidieron, entre otras cosas, sanciones más severas, así como que el dinero recaudado con las multas fuera “destinado a financiar a los refugios, protectores y proyectos que trabajan en pos del bienestar animal”, que se capacite a los agentes del orden y encargados de ejercer la justicia y que se penalice a veterinarios y clínicas por malas prácticas.

Hasta ahora, el régimen no ha hecho nada más: los animales siguen siendo maltratados e incluso asesinados, pese a un decreto-ley que no salva ni alcanza.  

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