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Detenciones arbitrarias en Cuba: Ley del Proceso Penal vs Constitución de 2019 – Cubalex

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Detenciones arbitrarias en Cuba: Ley del Proceso Penal vs Constitución de 2019 – Cubalex

La Constitución cubana de 2019 y la Ley No. 143, Ley del Proceso Penal (LPP-143/21) tienen discrepancias en cuanto a las regulaciones de la detención. La LPP-143/21 otorga el poder de detener a la autoridad, pero también a los ciudadanos en ciertas circunstancias. Sin embargo, la Constitución cubana de 2019, específicamente en los artículos 94 y 95, indica que solo las autoridades competentes pueden realizar detenciones. 

Esta problemática puede clasificarse como inconstitucionalidad por contradicción y ocurre cuando una ley o norma contradice o entra en conflicto con los preceptos constitucionales. Dado el estatus supremo de la Constitución, cualquier ley o norma que la contradiga debería considerarse nula.

Pero esta no es la única contradicción entre las dos normas. La LPP-143/21 permite el arresto sin una orden de detención. Sin embargo, al contrastar esto con la interpretación de los artículos 94 y 95 de la Constitución, surge otra inconstitucionalidad. El texto constitucional, al priorizar la intervención exclusiva de las autoridades competentes en las detenciones, infiere la necesidad de un proceso formal y ordenado para la detención, limitando así el riesgo de abusos y detenciones arbitrarias, procedimiento que se omite en la Ley del Proceso Penal. 

El artículo 94 de la Constitución de la República de Cuba establece que las personas solo pueden ser privadas de derechos por una resolución fundada de la autoridad competente. Esto implica que para detener a alguien se necesita una orden emitida por una autoridad competente. Ahora, los artículos 341 y 342 de la Ley del Proceso Penal estipulan que solo se puede detener a alguien bajo las formalidades establecidas en dicha ley. Si esta ley omite proporcionar claridad sobre la necesidad de una orden de detención, estaría creando un vacío legal.

En el caso de la Ley No. 143 omite el proceso para solicitar y emitir órdenes de detención, incurriendo en una inconstitucionalidad por omisión. Esto significa que estaría dejando sin regulación un aspecto que, de acuerdo con la Constitución cubana de 2019, debe estar claramente establecido para garantizar los derechos de los ciudadanos y evitar detenciones arbitrarias.

La inconstitucionalidad por omisión es un concepto jurídico que se refiere a la situación en la que un acto legislativo omite, de forma parcial o total, lo que la Constitución manda regular. Esta omisión puede generar un vacío normativo que puede conducir a la violación de derechos y garantías constitucionales. En primer lugar, las detenciones realizadas sin una orden fundada en el sistema legal cubano son ilegales, según la interpretación del artículo 94 de la Constitución y los artículos 341 y 342 de la Ley del Proceso Penal. En segundo lugar, la falta de especificidad en la Ley del Proceso Penal sobre cómo obtener y emitir órdenes de detención crea inseguridad jurídica. 

Esta omisión es particularmente crítica, dado que las órdenes de detención desempeñan un papel esencial en el debido proceso y la protección de derechos individuales. La falta de un proceso claramente definido para solicitar y emitir estas órdenes puede dar lugar a interpretaciones erróneas o abusivas por parte de las autoridades, socavando así las garantías constitucionales. Esta ambigüedad puede ser explotada por las autoridades, lo que lleva a detenciones arbitrarias. 

En el sistema legal cubano, la omisión en la Ley del Proceso Penal sobre la necesidad explícita de órdenes de detención es una inconstitucionalidad por omisión con importantes repercusiones. Esta omisión facilita las detenciones arbitrarias, vulnera los derechos individuales y contraviene los principios establecidos tanto en la Constitución como en la propia Ley del Proceso Penal. La necesidad de una orden de detención actúa como un control esencial para garantizar la legalidad y proteger los derechos de los ciudadanos. 

La incompatibilidad entre la LPP-143/21 y la Constitución cubana de 2019 subraya la necesidad de revisar y armonizar la legislación cubana recientemente reformada. La falta de claridad y especificidad en la ley con respecto a este proceso es una grave deficiencia que debe ser abordada para garantizar la justicia y el respeto a los derechos humanos. 

Es vital que las leyes secundarias respeten y sigan los lineamientos y garantías establecidas en la Constitución, para asegurar que el sistema legal funcione correctamente y proteja los derechos de los ciudadanos, pero sobre todo, prevenir abusos derivados de interpretaciones erróneas o ambiguas de la ley.

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