MIAMI, Estados Unidos. – En una conferencia de prensa realizada este lunes, el ministro del Transporte de Cuba, Eduardo Rodríguez Dávila, anunció la aprobación de la nueva política para la comercialización de vehículos de motor, así como su importación y la transmisión de la propiedad.
Este marco legal quedó recogido en la Gaceta Oficial (ordinaria) número 128 y entrará en vigor a partir de este miércoles, 1 de enero de 2025. Las disposiciones, que incluyen un decreto-ley, un decreto, diez resoluciones de varios organismos y otras cuatro resoluciones internas, llegan después de varios meses de espera y su objetivo, de acuerdo con el titular, es “aprovechar y favorecer cada oportunidad disponible para mejorar la movilidad de los pasajeros y las cargas”.
Según Rodríguez Dávila, “esta política permitirá flexibilizar y simplificar procedimientos en correspondencia con la situación actual, así como eliminar o contrarrestar causas y condiciones de irregularidades que surgen en estos procesos”. No obstante, subrayó que la puesta en vigor de las nuevas reglas “no resuelve por sí misma el problema del transporte en Cuba, ni permitirá de inmediato que cada cubano pueda con su salario comprarse un carro”, pues, a su juicio, hace falta que mejoren las condiciones económicas del país.
En su perfil de Facebook, el funcionario subrayó las novedades de esta nueva política:
- El precio de los vehículos a comercializar en moneda libremente convertible no variará si el comprador es una persona jurídica o natural. Para estas últimas, los precios serán inferiores a los actuales.
- Se autoriza la transmisión de la propiedad entre personas naturales y jurídicas, excepto las estatales o con participación estatal y las diplomáticas, que se rigen por normativas específicas independientes.
- Serán destinados en moneda nacional los vehículos que queden disponibles en el mercado cubano, incluyendo los que concluyan su explotación en la renta y estén en buen estado técnico, para la atención de prioridades estatales y sociales previstas en el plan de la economía, reposición del seguro, taxis y asignación por estímulos a personas de diferentes sectores.
- Se ajusta y generaliza el impuesto especial por la venta de los vehículos, el que variará desde un 35% del valor total de la venta en divisas convertibles, en el caso de los vehículos de gama alta, hasta no aplicarlo cuando se trate de vehículos eléctricos ensamblados en Cuba.
- Se ajusta y generaliza el impuesto progresivo en divisas convertibles por la cantidad de vehículos a adquirir por una persona natural o jurídica, a partir del tercer vehículo que se adquiera con excepción de los microbús, ómnibus, camiones, cuñas, tractores, remolques, semirremolques, triciclos de pasajeros y cargas, camionetas especializadas y los vehículos eléctricos.
- Se establece un límite máximo de seis vehículos que puede adquirir una persona natural o jurídica en cinco años, a excepción de los vehículos eléctricos con sus fuentes de carga, para los que no se establecen límites.
- Se autoriza la importación de ciclomotores y motocicletas de motores de combustión interna hasta 250 cc o híbridas de baja cilindrada, con o sin sidecar, tanto por la vía de pasajeros, como carga no acompañada o por envío.
- Se autoriza la importación de triciclos eléctricos con capacidad superior a dos plazas o con capacidad de carga.
- Se autoriza la comercialización por reposición en pesos cubanos (CUP) de los vehículos enteros que resulten baja técnica en la renta del turismo, que aún estando en mal estado técnico, puedan ser recuperados por los compradores interesados.
- Se permite la importación por una sola vez de vehículos a personas que se encuentren en misiones oficiales en el exterior por un periodo mínimo de dos años: diplomáticos, colaboradores y otros.
Otros detalles
Uno de los ejes centrales de la nueva política se relaciona con la importación de vehículos y otros medios de transporte. Hasta ahora, cualquier persona podía importar ciclomotores o motocicletas eléctricas, además de remolques o semirremolques ligeros de hasta 750 kg, con aranceles en moneda nacional. A partir de la entrada en vigor de la norma, se mantiene esa opción para los citados vehículos, pero se amplía la posibilidad de importar, “como equipaje no acompañado de pasajero o envío”, ciclomotores y motocicletas de combustión interna o híbridas —nuevas o de uso de hasta 10 años— con motor de hasta 250 cc, además de triciclos eléctricos o híbridos de carga o con más de dos plazas. Según las explicaciones del ministro, “en todos los casos, se podrá importar una por persona en cinco años, pagando los aranceles en divisas convertibles”.
De igual manera, se estableció que los cascos de protección integrales estarán exonerados del pago de aranceles si se importan junto con las motocicletas. Asimismo, se invita a las comercializadoras a incluir estos cascos con la venta de las motos. Los remolques, en cambio, deben abonar los aranceles en divisas convertibles.
Rodríguez Dávila detalló que el personal de misiones estatales en el exterior, diplomáticos, empresarios y colaboradores pueden importar ciclomotores y motocicletas eléctricas y de combustión en idénticas condiciones. Pero, además, “podrán importar directamente y por una sola vez un auto económico o medio, nuevo o de uso de hasta 10 años desde la fecha de su fabricación, pagando los aranceles en divisas convertibles”. Para ello, deben haber cumplido al menos dos años de misión continua. En todos los casos, se precisa un aval de la entidad a la que pertenecen y una coordinación con la importadora cubana Transimport.
Antes de finalizar su conferencia del lunes, Rodríguez Dávila reconoció que la actualización “no soluciona por sí sola el déficit crónico de transporte”, pero dijo que esperaba que aliente “la modernización gradual del parque vehicular de Cuba”.