Friday, September 20, 2024
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Autoridades penitenciarias no lo dejaron asistir al funeral de su madre, denuncia recluso 

LA HABANA, Cuba. – Las autoridades de la prisión de máximo rigor Kilo 8, ubicada en la provincia Camagüey, no autorizaron al recluso José Luis Sánchez Fernández a ser trasladado a la capital para asistir al funeral de su madre, según él mismo denunció vía telefónica el pasado jueves 15 de febrero. 

Sánchez Fernández, de 52 años de edad y natural de La Habana, explicó en su conversación que su madre, nombrada Ohilda Fernández Hernández, había fallecido a las 6:00 de la mañana de ese mismo día. El prisionero indicó que el director de la instalación carcelaria camagüeyana, el teniente coronel Juan Miguel Sánchez Duarte, lo entrevistó en su oficina, pero solamente para dejar claro que no le daría el necesario “Conduce” para asistir al velorio (dicho servicio tendría lugar en el municipio Diez de Octubre, en La Habana). 

Entre las razones esgrimidas por el oficial, según denunció Sánchez Fernández, la primera fue que no había combustible para ello a causa de la situación por la que atraviesa el país. En segundo lugar, el militar alegó la cuantía de su condena (27 años de privación de libertad) y, por último, adujo que su delito era “grave”, lo cual, afirma el recluso, no se corresponde con la realidad (fue condenado por robo con violencia). 

José Luis Sánchez Fernández – Llamada del 15 de febrero de 2024

Sánchez Fernández aprovechó la oportunidad para denunciar que le ha sido denegado el cambio a régimen de mínima severidad en 10 ocasiones, a pesar de que de su sentencia de 27 años ha cumplido ya 13 años y ocho meses de tiempo real, lo cual sería equivalente a 15 años y 10 meses si se considera la rebaja por buena conducta. 

El prisionero mencionó además que su hermano acudió a la Dirección Nacional de Cárceles y Prisiones, sita en 15 y K, en El Vedado, La Habana, pero en esa instancia solo le reiteraron que no había combustible para traerlo a la capital. 

Sánchez Fernández agregó que antes de ser apresado era técnico disecador e incinerador de cadáveres, además de lo cual también está calificado como maestro cocinero, panadero y lunchero.

Según detalló, al plantearle la situación al director provincial de Cárceles y Prisiones, un oficial que se identifica como “coronel Eider”, el militar respondió que eso “no era problema de él” sino de la prisión. 

En relación al pase por defunción de un familiar cercano, el “Reglamento de Cárceles y Prisiones” vigente en la Isla establece que los reclusos tienen derecho a “ser conducidos o autorizados, según corresponda, a hospital, funeraria o domicilio, en casos de enfermedad grave o muerte de abuelos, padres, hermanos, cónyuges, hijos u otro familiar a cargo del cual estuvo la crianza y educación del interno”.

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